Luego de haber extendido por 180 días el plazo para que los vehículos puedan circular en el territorio nacional, el Ministerio de Justicia clarificó las condiciones necesarias para cruzar la frontera.

Ante la falta de chapas patente y la llegada del verano, el Gobierno definió que las patentes provisorias de los vehículos sean válidas para viajar al exterior del país, siempre y cuando estén acompañadas por la documentación respaldatoria correspondiente.
La medida es implementó a través de la Disposición 408/2024 del Ministerio de Justicia, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma de Fernando Javier García, subdirector de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios.
El texto atribuye a Casa de Moneda S.E. «reiterados incumplimientos» en la provisión de las chapas patentes, que generaron «graves perjuicios a la ciudadanía, al obstaculizar el normal desenvolvimiento del servicio público registral automotor».
Así, la norma aprobó un modelo de Constancia de Documentación Dominial asignada, con todos los datos de la propiedad del vehículo y los autorizados a manejarlo.
De esta forma, las personas físicas o jurídicas que cuenten con una Constancia de Asignación de Título (CAT) podrán descargar la Constancia de Documentación Dominial asignada a través de los códigos oportunamente otorgados (Registro Seccional, número de trámite y número de control web).
Esos códigos permitirán asimismo a las autoridades de control de tránsito y de control aduanero, tanto de la República Argentina como de los países vecinos en caso de salida temporal del vehículo, verificar la autenticidad de la Constancia de Documentación Dominial asignada exhibida, contrastándola con las bases de datos del Registro.
Semanas atrás, el Gobierno había extendido la vigencia de las matrículas provisionales a 180 días para permitir la circulación nacional, ante la falta de chapas.